Comité de convivencia SGSST
El Comité de Convivencia SG-SST desempeña un papel fundamental en la promoción de un ambiente laboral saludable y productivo y un enfoque integral hacia el bienestar de los trabajadores. Conoce de qué se trata y cómo se crea.
¿Qué es el Comité de Convivencia SG-SST?
El Comité de Convivencia SG-SST es un órgano conformado por representantes de los trabajadores y empleadores, cuya función principal es abordar y resolver conflictos interpersonales relacionados con el trabajo.
Este comité trabaja en estrecha colaboración con el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) para garantizar un ambiente laboral seguro y saludable para todos.
Este comité, regulado por la Ley 1562 de 2012 y sus decretos reglamentarios, tiene como objetivo principal prevenir conflictos laborales y promover la convivencia pacífica entre los trabajadores, contribuyendo así al bienestar integral en el ámbito laboral.
Responsabilidades del Comité de Convivencia SG-SST
Al trabajar en conjunto con el COPASST, el Comité de Convivencia fortalece la cultura de seguridad y salud en el trabajo, garantizando un enfoque integral hacia el cuidado de los trabajadores, veamos cuáles son sus responsabilidades.
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- Mediación de conflictos: El Comité de Convivencia tiene la responsabilidad de mediar en conflictos laborales y promover la resolución pacífica de disputas entre trabajadores, evitando así posibles situaciones de acoso, discriminación o violencia en el entorno laboral.
- Promoción del buen trato: Debe realizar actividades de sensibilización y capacitación para promover el respeto, la tolerancia y el buen trato entre los trabajadores, creando un ambiente laboral positivo y saludable.
- Investigación de situaciones problemáticas: Ante situaciones de acoso laboral, discriminación u otras problemáticas relacionadas con las relaciones interpersonales en el trabajo, el Comité tiene la responsabilidad de investigar y tomar medidas para resolver dichas situaciones de manera efectiva.
- Colaboración con el COPASST: Trabaja en estrecha colaboración con el Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) para identificar y abordar los riesgos psicosociales que puedan afectar la salud y el bienestar de los trabajadores.
- Promoción de la comunicación efectiva: Fomentar la comunicación abierta y transparente entre los trabajadores y la empresa es otra responsabilidad importante del Comité, ya que una comunicación efectiva contribuye a prevenir conflictos y mejorar el clima laboral.
Responsabilidades del Comité de Convivencia SG-SST

La Ley 1562 de 2012 establece un marco normativo claro para la creación y funcionamiento del Comité de Convivencia SG-SST, y lo define como un órgano paritario de promoción y vigilancia de las normas de convivencia y prevención de factores de riesgo psicosocial en el lugar de trabajo.
Algunos de los puntos clave que establece la Ley 1562 de 2012 sobre el Comité de Convivencia SG-SST son:
- Creación obligatoria: Según la normativa colombiana en materia de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST), el Comité de Convivencia Laboral debe conformarse en aquellas empresas o entidades que cuenten con mínimo diez (10) trabajadores.
- Funciones y responsabilidades: Define las funciones y responsabilidades del Comité de Convivencia, que incluyen la promoción de un ambiente de trabajo adecuado, la prevención de factores de riesgo psicosocial, la mediación de conflictos laborales y la promoción del buen trato entre los trabajadores.
- Integración paritaria: Establece que debe estar integrado por representantes del empleador y de los trabajadores, en igual número, garantizando así la participación equitativa de ambas partes.
- Capacitación: La ley establece la obligación de capacitar a los miembros del Comité en temas relacionados con la prevención y gestión de factores de riesgo psicosocial.
- Procedimientos de funcionamiento: Define los procedimientos de funcionamiento del Comité de Convivencia Laboral, incluyendo la realización de reuniones periódicas, la elaboración de actas y la presentación de informes a las autoridades competentes.
Además, de acuerdo a la ley, “El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por dos (2) representantes del empleador y dos (2) de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Las entidades públicas y empresas privadas podrán de acuerdo a su organización interna designar un mayor número de representantes, los cuales en todo caso serán iguales en ambas partes”.
“En el caso de empresas con menos de veinte (20) trabajadores, dicho comité estará conformado por un representante de los trabajadores y uno (1) del empleador, con sus respectivos suplentes”.
Importancia del Comité de Convivencia SG-SST
El Comité de Convivencia SG-SST desempeña un papel fundamental en la promoción de ambientes laborales saludables, seguros y respetuosos.
Su importancia radica en su capacidad para abordar y prevenir los riesgos psicosociales, así como para mediar en conflictos laborales y promover el bienestar emocional de los trabajadores.
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En primer lugar, contribuye a la identificación y prevención de factores de riesgo psicosocial en el lugar de trabajo. Factores, como el estrés laboral, la carga de trabajo excesiva, el acoso laboral y la falta de apoyo social, pueden tener un impacto significativo en la salud mental y física de los trabajadores.
Además, juega un papel crucial en la mediación de conflictos y la promoción del diálogo entre empleadores y empleados, proporcionando un espacio seguro y neutral para discutir y resolver disputas.
Otra faceta importante del Comité de Convivencia Laboral es su capacidad para promover el buen trato y el respeto entre los trabajadores.
Esto se logra fomentando la comunicación abierta, la empatía y la tolerancia, creando una cultura organizacional basada en el respeto mutuo y la colaboración, lo que fortalece el sentido de pertenencia y el compromiso de los trabajadores con la empresa.
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